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El Poder Judicial del Estado de Nuevo León ha tenido una importante transición a lo largo de la última década, implementando continuamente programas para el mejoramiento y reinvención de los sistemas de justicia, que ofrezcan al Ciudadano atender sus peticiones de una manera más pronta y eficaz, acorde a los principios dogmáticos contenidos en nuestra Carta Magna, para que la justicia sea impartida de una forma pronta y expedita, tan es así que a partir del año 2007-dos mil siete, en el que se crearon los Juzgados Familiares Orales, el número de ellos se ha incrementando de una manera notable; en efecto, iniciamos con 8 juzgados familiares orales y a la fecha ya son 15-quince Juzgados especializados en esta materia, con independencia de los 13 juzgados familiares que conocen de los demás procedimientos; luego, en el estado de Nuevo León en el área metropolitana, existen 28 juzgados familiares.
Fue a virtud de las reformas realizadas al Código de Procedimientos Civiles para el Estado,mediante el decreto número 361 publicado en el Periódico Oficial del Estado el 20 de febrero de 2009, que los Jueces Familiares Orales también conocerían a partir del día 01 de Julio de eseaño (2009), aunado a los negocios que ya se ventilaban en esta vía desde el 02 de febrero del año 2007, de los procedimientos relativos a los actos de jurisdicción que versaran sobre enajenación de bienes de menores o incapacitados y transacción acerca de sus derechos, adopción y del cambio de régimen de matrimonio y las acciones de divorcio establecidas en las fracciones I, XI y XII del Artículo 267 del Código Civil, siempre que no se hicieran valer con alguna diversa de éstas.
Acorde a las estadísticas judiciales emitidas por el Poder Judicial del Estado de Nuevo León, los procedimientos en la oralidad han tenido una gran acogida por los justiciables; en efecto, desde que los Jueces Orales Familiares empezamos a conocer los nuevos procedimientos antes citados, tan solo en el periodo comprendido del mes de Julio a Diciembre del año 2009, estos procedimientos representaron el 3.4% de los asuntos acumulados en el año. Asimismo, en lo que ha transcurrido de este año 2010, es decir, de Enero a Agosto, el porcentaje se ha duplicado, pues dichos procedimientos ya constituyen el 6.8%-seis punto ocho por ciento del total de los negocios que conoce un Juez Oral Familiar.
El periodo transcurrido desde la creación de los Juzgados Familiares a la actualidad ha atravesado por distintas etapas. La reforma programada en la oralidad en materia familiar en nuestro Estado, se ha ido dando en forma gradual. Las estadísticas comparativas que abarcan desde el año 2007-dos mil siete al mes de Agosto del año 2010-dos mil diez, evidencian un incremento notorio en la tramitación de los procedimientos en la vía oral, dado el aumento del número dejusticiables que acuden ante los Tribunales a solicitar se les aplique la justicia.
Es menester dejar establecido que el Estado ha conferido al Poder Judicial, el ejercer las acciones pertinentes para efecto de garantizar el sano desarrollo integral de las familias Nuevoleonesas, pero sobre todo de los hijos menores de edad cuyos padres se encuentran en conflicto, es decir tramitando diversos procedimientos, lo que se busca es salvaguardar los derechos de los hijos, tanto físico como emocional, que les permita alcanzar una vida sana en el presente, como en su edad adulta; obligación que se encuentra establecida en el artículo 4° Constitucional, que en su parte relativa estipula: “El Estado proveerá lo necesario para propiciar el respeto a la dignidad de la niñez y el ejercicio pleno de sus derechos”.
Convencida estoy que esta nueva forma de administrar justicia (oralidad) ha venido a traer grandes beneficios a las personas que por algún motivo tienen que promover un procedimiento judicial; una de las características de la oralidad, es precisamente, la simplificación, otra, que los procedimientos se solucionan en el menor tiempo posible ante la Autoridad Judicial. Es importante resaltar que la mayoría de las contiendas familiares, se resuelven mediante convenio, basta ver las estadísticas al respecto: En el año 2008 de 3977 asuntos contenciosos se llevaron a cabo 1501 convenios lo cual representa el 37% de dichos negocios; en el 2009 de 4417 expedientes contenciosos se celebraron 1957 convenios, representando el 44.3%; en el periodo comprendido del mes de Enero al mes de Agosto del presente año, de 3360 contiendas se han celebrado 1503 convenios, representando el 44.73% de los negocios, estadísticas que sin lugar a dudas demuestran que se está cumpliendo cabalmente con los principios que establece nuestra Ley Suprema,no solamente en forma eficaz, sino en el menor tiempo posible, pues no debemos olvidar que precisamente entre otros fundamentos de la oralidad, está la abreviación y concreción del procedimiento,para evitar “la lentitud y aparatosidad”de la que se dolía Jhering al afirmar que “el que apela al derecho sólo llega aencontrarlo cuando esté en la tumba”.
Es significativo que el Juez y su personal constantemente se actualicen y preparen profesionalmente, puesto que el conocimiento y entendimiento de la sociedad, va de la mano con la función que desempeñan, obedeciendo a los continuos cambios sociales y atendiendo a la fisonomía de cada una de las familias involucradas en los procesos familiares. La sensibilidad del Juzgador es trascendental en este tipo de procedimientos orales, siendo cierto que la mayoría de los asuntos poseen un transfondo que no reluce en la demanda o contestación escrita que se formule, correspondiéndole al Juez al tener a las personas frente a él, desentrañar el verdadero conflicto que tienen los justiciables para poder ofrecerles diversas alternativas que se ajusten a sus circunstancias personales, económicas y sociales; es decir, el Juzgador al ser impartidor de justicia en materia familiar no siempre debe atender a la legalidad pura, sino que va más allá de eso, pues al tratar con personas y sentimientos, es su obligación tener prudencia en su actuar, pues como bien menciona el filósofo griego Aristóteles definiendo al hombre prudente como “el que puede reconocer el punto medio en cada situación”; luego, el Juez debe buscar ese punto medio, para proporcionarles diferentes opciones para que la familia como célula de la sociedad, desarrolle una vida sana y fructífera, teniendo siempre en cuenta que lo que está juzgando es lo relativo a un procedimiento en que se encuentran inmersos derechos de una familia en conflicto, y acorde a las circunstancias, deberá aplicar con flexibilidad la norma al caso concreto.
Es innegable que la experiencia del profesional del derecho (funcionario público ó postulante)se adquiere con el estudio, dedicación,tiempo y experiencia a través de lascircunstancias que se presentan en la vida profesional; con esta nueva forma de administrar justicia en el Estado de Nuevo León, he podido constatar la responsabilidad y el esmero con que el que los profesionales del derecho nos preparamos día a día, pues cada uno de nosotros queremos hacer nuestro mejor papel,pero sobre todo dar el servicio que el justiciable merece. La actuación del Juez y de los Abogados litigantes que intervienen en la oralidad debe ser cautelosa y tener la preparación suficiente para enfrentar las circunstancias que se presentan.
Es importante resaltar que el Estado de Nuevo León en materia de Oralidad (Penal, Familiar y Civil), está siendo modelo a seguir por las demás Entidades de nuestro País; en efecto, constantemente nos visitan Consejeros, Magistrados, Jueces e integrantes de otros Poderes Judiciales que vienen a observar los grandes avances que se tienen en nuestro Estado en materia de administración de Justicia; igualmente somos invitados a ocurrir a diversas Entidades a dar cursos de maestría, diplomados y conferencia, a los integrantes de los diversos órganos Judiciales, que próximamente incursionarán en la oralidad en su Estado,dado que se han podido palpar los grandes resultados que se han obtenido en Nuevo León en esta materia.
Como todas las cosas existentes, el procedimiento oral es perfectible, y no obstante el poco tiempo que hemos desarrollado este sistema, considero oportuno se realicen algunas adecuaciones a éste, es decir, debe darse la reingeniería del procedimiento oral, que sin lugar a dudas va a ser aún de gran beneficio a nuestra sociedad.
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